La Secretaría de Economía publicó las reglas de operación del Fondo Nacional Emprendedor para el Ejercicio fiscal 2016 con el objetivo de incrementar la productividad en las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
La Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación del Fondo Nacional Emprendedor (FNE) para el Ejercicio fiscal 2016.
Lo anterior en virtud de que el objeto del Fondo es incrementar la productividad en las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en especial las ubicadas en sectores estratégicos, para incentivar el crecimiento económico nacional, regional y sectorial.
Ello, mediante el impulso al fortalecimiento ordenado, planificado y sistemático del emprendimiento y del desarrollo empresarial en todo el territorio nacional, así como la consolidación de una economía innovadora, dinámica, incluyente y competitiva.
El Fondo Nacional Emprendedor tiene una cobertura nacional y su población objetivo consta de dos categorías como son emprendedores con interés de formalizar su empresa y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con interés de incrementar su productividad, pertenecientes a los sectores estratégicos de las 32 Entidades Federativas y aquellas con capacidad de innovación.
Sin embargo, también podrán recibir apoyos las grandes empresas, las instituciones y organizaciones del sector público y privado cuando sus proyectos permitan atender a la población objetivo y/o según los términos establecidos para este fin.
Las reglas de operación determinan también que los apoyos del FNE serán otorgados a través de dos modalidades como son por medio de convocatorias públicas y asignación directa de apoyos.
Además corresponde a la coordinación general de Planeación Estratégica, Evaluación y Seguimiento por conducto de la Dirección General Adjunta de Planeación Estratégica, Evaluación y Seguimiento y de la Dirección de Seguimiento, la verificación de la comprobación de los proyectos, tanto de la aplicación y ejercicio de los recursos, como de los indicadores de cumplimiento de los proyectos conforme a lo previsto en la solicitud de apoyo y/o a lo autorizado en el Convenio suscrito.
La dependencia señaló que el presupuesto federal que se asigna al Fondo Nacional Emprendedor será distribuido de la siguiente manera:
Al menos 25% del presupuesto autorizado se destinará a programas de garantías a través del fideicomiso México Emprende; hasta 3.61% para gastos asociados a la eficiente promoción, operación, supervisión, seguimiento y evaluación que se requieren para la ejecución del FNE por parte del Inadem.
“Deberán cubrirse de este porcentaje los gastos asociados a la evaluación de los proyectos por parte de los evaluadores especializados, el pago de las evaluaciones externas establecidas en el Programa Anual de Evaluación y aquellas evaluaciones externas complementarias, que en su caso, el programa decida ejecutar”, agregó.
El monto restante se destinará a apoyos para la población objetivo, del cual al menos 75% se destinará a través de convocatorias y/o casos de desastres naturales, y hasta 25 por ciento a proyectos de asignación directa.
Adicionalmente se podrá aumentar o reducir en 10% la relación antes mencionada, siempre y cuando se cuente con la aprobación del Consejo Directivo.
Mientras que el porcentaje distribuido vía convocatorias se asignará proporcionalmente a tres grupos de entidades federativas para propiciar equidad regional, de manera que compitan por los recursos de las distintas convocatorias con sus pares de un mismo nivel de desarrollo.
Cuando en un proyecto se compruebe que existió simulación, sustitución o duplicidad de apoyos, o falsificación de documentos, éste será cancelado por el Consejo Directivo y el beneficiario u organismo intermedio deberá reintegrar el monto total del recurso y los intereses que se hubieren generado.
“El beneficiario u organismo intermedio responsable del proyecto que hubiere incurrido en la falta no podrá ser sujeto de apoyo por el FNE para nuevos proyectos. Dichas medidas se aplicarán sin perjuicio de que el Inadem ejercite las acciones legales que procedan en contra del beneficiario u organismo intermedio”; destacó la SE.
Las presentes reglas de Operación entrarán en vigor el 1 de enero de 2016.
Fuente: Notimex
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