La cafetería ilegalmente instalada en los mostradores de Mexicana desde 2011 ocasionaba competencia desleal al comercio formal, dijo el AICM.
Luego de que este viernes se anunciara el desalojo de más de 1,000 metros cuadrados en la zona de mostradores de Mexicana de Aviación, el AICM detalló cómo fue desocupada el área, y dijo que las actividades comerciales de dicha zona causaron quebrando a la terminal aérea.
“(…) la forma en que se venía ocupando este espacio y las actividades que se realizaban en el mismo, ocasionaron quebranto económico al AICM, inseguridad para los usuarios y competencia desleal al comercio formal en el mismo”, expuso el aeropuerto en un boletín difundido en la tarde de este viernes.
En el área de 1,044 metros cuadrados, había sido instalada una cafetería que supuestamente era perada en beneficio de los extrabajadores de la aerolínea.
Siendo las 2:00 horas se realizó una diligencia para notificar el requerimiento de la entrega del espacio ilegalmente ocupado desde el 2011, narra el boletín el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).
En la entrega de la notificación participaron la Dirección General del AICM, Dirección de Asuntos Jurídicos del mismo, acompañados por la Notaría Pública número 95 de la Ciudad de México y cuatro visitadores de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, así como por personal de la Secretaría de Marina-Armada.
“Al no obtener respuesta por parte de los ocupantes, en lo que se refiere a la exhibición de cualquier vínculo contractual que les permitiera llevar a cabo actos de comercio, se les solicitó desalojar citado espacio que ilegalmente ocupaban, llevando consigo sus pertenencias personales y el efectivo en caja, de lo cual tomó nota la Fedataria”, expone el AICM.
“Cabe destacar que la desocupación fue voluntaria, transparente y sin ningún acto de violencia de ambas partes; asimismo, ninguno de los ocupantes acreditó pertenencia a algún sindicato”, precisó.
Agrega que el acto fue motivado esencialmente en razones de la seguridad que debe privilegiar a los usuarios, operadores y proveedores de servicios autorizados, de conformidad con lo que estipulan los artículos 46, 48 y 54 de la Ley de Aeropuertos.
Fuente: Reuters
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