Alimentos y bebidas deberán presentar un etiquetado frontal con las calorías que contiene
La industria de alimentos y bebidas no alcohólicas tendrá hasta un año para adecuar sus productos a las nuevas reglas sobre etiquetado y publicidad anunciadas este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Alimentos y bebidas deberán presentar un etiquetado frontal con las calorías que contiene y si reúne criterios nutricionales, el productor podrá solicitar de manera voluntaria la inclusión de un sello nutricional otorgado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
Además de esto, queda restringida la promoción de productos con bajo valor nutricional en el horario de las 14:30 a 19:30 horas, de lunes a viernes, y de 7:00 a 19:30 horas, sábados y domingos. Sólo se podrán publicitar productos poco nutritivos durante telenovelas, deportes, noticieros y series, cuya clasificación oficial o de origen no sea considerada apta para menores de edad y cintas de clasificación oficial o de origen B, B15, C o D.
La nueva reglamentación establece que refrescos, chocolates, dulces, jugos y botanas deben quedar fuera de las barras infantiles en 90 días.
Estos lineamientos son consecuencia de los decretos presidenciales en materia de etiquetado y publicidad del 14 de febrero presentados en el DOF y forman parte de la Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes.
De acuerdo con datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), México ocupa el octavo sitio de obesidad en niños con una prevalencia de 28.1%, y el cuarto en niñas, con una prevalencia de 29.0%.
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Fuente: Redacción
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