El Pleno de la Comisión Federal de Competencia (CFC) resolvió establecer condiciones a los contratos de exclusividad en el mercado de venta de cerveza al menudeo, en restaurantes, bares y cantinas (envase abierto) y tiendas de abarrotes del sector tradicional (envase cerrado).
Con estas condiciones, derivadas de compromisos ofrecidos por Cervecería Modelo y Cervecería Cuauhtémoc, concluye la investigación por prácticas monopólicas relativas en este mercado.
Para evitar riesgos en los procesos de competencia, el Pleno de la Comisión informó en un comunicado su decisión de imponer las siguientes condiciones a los contratos de exclusividad en la venta de cerveza de las empresas Modelo y Cuauhtémoc:
-Todas las cervezas artesanales gozarán de acceso abierto e irrestricto a todos los restaurantes, bares y cantinas del país.
-Modelo y Cuauhtémoc deberán limitar sus contratos de exclusividad en tiendas de abarrotes del sector tradicional y restaurantes a un máximo de 25% del total de sus puntos de venta. Este porcentaje máximo se reducirá gradualmente a 20% en un periodo de cinco años.
-Sólo tendrán validez los contratos de exclusividad escritos, que deberán tener una duración limitada y reglas claras para su rescisión. Las empresas deberán publicitar estas reglas en medios impresos y frente a sus clientes.
- El incumplimiento de estas condiciones podrá derivar en una sanción de hasta 8% de los ingresos anuales en México de la empresa que incumpla.
La decisión del Pleno de la Comisión se dio con una votación de 4-1, con los votos a favor de los Comisionados Eduardo Pérez Motta, Rodrigo Morales Elcoro, Luis Alberto Ibarra Pardo y Cristina Massa Sánchez.
El voto en contra provino del Comisionado Miguel Flores Bernés, quien consideró que los compromisos “no están dirigidos para suspender, suprimir, corregir o no realizar las prácticas denunciadas, por tanto no tienen como consecuencia la restauración o protección del proceso de competencia y libre concurrencia, en virtud de que no son idóneos y económicamente viables para no llevar a cabo o, en su caso, dejar sin efectos las prácticas monopólicas relativas investigadas”.
Fuente: Con información de CFC
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