Los productos que sean considerados parte de la canasta básica estarán exentos del gravamen
Para definir los alimentos que quedarán exentos de IEPS, el SAT tendrá que hacerle al nutriólogo.
A partir de 2014, las botanas, confitería, chocolates, flanes y budines, mermeladas, cremas de cacahuate y avellana, cereales y helados, presentados de forma empacada, tendrán que pagar un impuesto de 8 por ciento cuando tengan 275 kilocalorías por cada 100 gramos.
Esto de acuerdo con el artículo 2-J de la nueva Ley del Impuesto Especial a Producción y Servicios.
Sin embargo, si los productos son considerados como parte de la canasta básica no pagarán el gravamen aunque tengan ese nivel de calorías.
¿Cuáles serán? La ley obliga al Servicio de Administración Tributaria a definir ese listado de básicos considerando su importancia en la alimentación mexicana.
Hasta ahora la única canasta básica oficial es la que tiene el Inegi, como parte del índice de precios al consumidor.
"Esa lista desgraciadamente la hará la gente del SAT, porque no pasó por el Congreso, y será a consideración de ellos", afirmó Felipe León, presidente del Comité Técnico Fiscal del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas.
El SAT no es la autoridad adecuada para definir qué alimentos deben ser considerados como básicos y cuáles no, dijo, pues no cuenta con los elementos para tomar una decisión de esa especie.
Consultado sobre la fecha en la que dará a conocer la lista de alimentos básicos, hasta el cierre de la edición no hubo respuesta del SAT.
Fuente: Associated Press
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