Bolillos

SAT presenta alimentos exentos de impuesto especial

9 Dic, 2013  |  Economía y finanzas  |  0 comentarios

La reforma fiscal aprobada por el Congreso de la Unión establece que los alimentos con alto contenido calórico deberán cubrir un impuesto especial del 8 por ciento.

Al respecto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó un informe detallado sobre los alimentos que estarán exentos del cobro del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a partir del primero de enero del 2014.

El informe del SAT se presenta conforme al Artículo 2-J de la nueva Ley del Impuesto Especial a Producción y Servicios (IEPS), por el cual la autoridad en la materia debe definir qué alimentos básicos estarán libres del nuevo gravamen.

Y es que la reforma hacendaria plantea que a partir del 1 de enero del próximo año se graven con un impuesto especial del 8% a botanas, chocolates, mermeladas, cremas, budines, flanes y otros productos de confitería.

“Para los efectos del artículo 2, fracción I, inciso J, último párrafo de la Ley del IEPS, considerando su importancia en la alimentación de la población, se entenderán alimentos de consumo básico que no quedan comprendidos en lo dispuesto por el inciso J antes citado, los siguientes: Cadena del trigo, Cadena del maíz, Cadena de otros cereales”, refirió el SAT en su informe.

Alimentos que quedan exentos del IEPS

Cadena del trigo:

*Tortilla de harina de trigo, incluyendo integral
*Pasta de harina de trigo para sopa sin especies, condimentos, relleno, ni verduras
*Pan no dulce: bolillo, telera, baguette, chapata, birote y similares, blanco e integral, incluyendo el pan de caja
*Harina de trigo, incluyendo integral
*Alimentos a base de cereales de trigo sin azúcares, incluyendo integrales

Cadena del maíz:
*Tortilla de maíz, incluso cuando esté tostada
*Harina de maíz
*Nixtamal y masa de maíz
*Alimentos a base de cereales de maíz sin azúcares

Cadena de otros cereales:
*Alimentos a base de cereales para lactantes y niños de corta edad
*Alimentos a base de otros cereales sin azúcares, incluyendo integrales
*Pan no dulce de otros cereales, integral o no, incluyendo el pan de caja


Fuente: Agencias


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