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SCJN avala modelo de externalidad de red de Cofetel

1 Mar, 2013  |  Economía y finanzas  |  0 comentarios

La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) estableció la tarifa promedio ponderada de manera legal, aún y cuando la ley no tiene previsto este mecanismo para establecer tarifas de interconexión entre compañías telefónicas, fue la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al negarle el amparo a las compañías Axtel y Telcel, en contra del acuerdo que prevé esta medida.

A raíz de esta decisión, el máximo tribunal puso fin al litigio de cinco años, en el que las empresas de telefonía demandaron la invalidez de esta medida “precautoria móvil”, consistente en impedir que las tarifas de interconexión de Telcel sean menores a las que Axtel le debe pagar.

En este contexto, la Ley Federal de Telecomunicaciones, indica que los concesionarios deben asignarse a sí mismos, y a sus subsidiarias y filiales, tarifas desagregadas y no discriminatorias por los diferentes servicios de interconexión, con lo que se busca que “todas las tarifas de los concesionarios a los consumidores, deben tener, al menos, las mismas tarifas que aplican a los consumidores de interconexión que prestan a otros operadores”.

En el tema de las tarifas de interconexión, el pleno de los ministros votó en el sentido de que la Cofetel cuenta también con facultades para incluir en la tarifa de interconexión, además de los costos derivados de su modelo, el concepto denominado "externalidad de la red".

Además se determinó que son infundados los argumentos de la parte quejosa, pues no existe desigualdad al no haber razón para considerar, como lo pretendía, que todos los desacuerdos presentados en determinada época deben resolverse con el mismo resultado.

Lo anterior porque, asentaron, no todos los concesionarios se encuentran en igualdad de circunstancias, lo que debe reconocerse al efectuar la determinación de dichas tarifas.

La víspera la SCJN reinició la discusión del amparo que interpuso Axtel contra las tarifas de interconexión que debe pagar a Telcel por el periodo 2005-2007.

La Corte declaró infundado el alegato de Axtel que señalaba que la Cofetel aplicó tarifas excesivas, porque el modelo de costos utilizado ya consideraba la llamada externalidad de red.


Fuente: Redacción / NTMX

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