El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, con 393 votos a favor, 58 en contra y cero abstenciones, el dictamen de reforma en materia de telecomunicaciones.
Con ello, se reforman los artículos 6, 7, 27, 28, 73, 78 y 94 de la Constitución, que establecen que el Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet.
En lo particular, el pleno confirmó el contenido y lo avaló en sus términos y con las modificaciones que propuso la Comisión de Puntos Constitucionales, con 393 votos a favor, 58 en contra y cero abstenciones.
Con esta reforma, que pasará al Senado de la República para su revisión y los efectos constitucionales correspondientes, buscarán evitar los monopolios y se dictan nuevas reglas para la competencia, competitividad, calidad y precios bajos.
Ello en los servicios en televisión abierta, restringida, radiodifusión, internet y telefonía fija y celular, todo lo que tiene que ver con las telecomunicaciones.
Más que un debate, los legisladores presentaron sus reservas ante el pleno y todas fueron rechazadas para ser discutidas, por lo que al concluir este ejercicio votaron por los artículos como se presentó el dictamen y el acuerdo de las ya consensadas.
En la primera votación, la aprobación en lo general fue de 414 votos a favor, 50 votos en contra y ocho abstenciones, y siguió el debate en lo particular con 105 reservas en los temas que, incluso habían consensado en la mesa de análisis y que habían sido aprobadas, y por lo cual se inició tan tarde la discusión del dictamen.
Es importante mencionar que las reservas que se desecharon, representa que se aprueba el dictamen en su término, es decir, como esta en el dictamen.
El pleno primero avaló la enmienda al sexto constitucional con 411 votos favor, 54 en contra y cero abstenciones; y posteriormente en un plazo breve de 25 minutos se votaron, después de desechar las reservas, los artículos séptimo y 27 con 413 votos a favor y 52 en contra.
El sexto constitucional tiene que ver con defender la libertad de expresión, ya que indica con claridad que la manifestación de ideas no será motivo de inquisición judicial o administrativa, sino en el caso que ataque a la moral, porque un delito o ataque el derecho de terceros, así como que provoque un desorden público.
También señala que el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley, derecho de audiencias y se prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa.
Lo más debatido
Los puntos más cuestionados fueron el octavo transitorio del artículo 94 constitucional, en donde acordaron que todos aquellos canales nacionales que cubran más del 50% de territorio nacional tienen que ser transmitidos por la televisión satelital.
"Para ser muy claros Televisa, Televisión Azteca, Canal Judicial y Canal del Congreso tienen que ser transmitidos por la televisión satelital de manera gratuita", informó en entrevista el diputado panista, Juan Pablo Adame.
En el artículo octavo transitorio se considera necesario precisar que los concesionarios de telecomunicaciones o de televisión radiodifundida, que sean declarados como agentes económicos preponderantes no se beneficiarán de la regla de gratuidad de los contenidos de radiodifusión o de la retransmisión gratuita.
Se agregó que este beneficio tampoco se extenderá a los agentes económicos que tengan vínculos comerciales o de negocios con dichos agentes.
En la fracción 3 de este octavo transitorio, contemplan para evitar que pueda afectarse la competencia y la libre concurrencia, que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) impondrá las medidas necesarias.
Asimismo, precisaron que por agente económico preponderante se entenderá a cualquiera que cuente directa o indirectamente con una participación mayor al 50% de los sectores de radiodifusión o telecomunicaciones.
Fuente: Notimex
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