En los estados de México y Guanajuato existen barreras normativas
En los estados de México y Guanajuato existen barreras normativas a la competencia y libre concurrencia en diversos mercados relevantes del servicio de acceso a Internet de banda ancha fija, a nivel municipal, determinó la Autoridad Investigadora (AI) del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel).
A través de un comunicado, la AI concluyó dos investigaciones y emitió dos dictámenes preliminares, en los que determinó la existencia de disposiciones jurídicas que complican la instalación de antenas o la ejecución de obras para tendido de cables de telecomunicaciones.
El Ifetel detalló que de acuerdo con la investigación se encontró que en 123 mercados relevantes del estado de México y en 43 mercados relevantes de Guanajuato hay esas barreras a la competencia y libre concurrencia de tipo normativo, que generan efectos anticompetitivos en los mercados, con fundamento en el artículo 94 de la Ley Federal de Competencia Económica.
En el estado de México detectó diversas disposiciones jurídicas contenidas en el Código Administrativo, el Código Financiero y el Reglamento de Comunicaciones de la Entidad, que aplican para la obtención de la licencia de construcción e instalación de antenas de telecomunicaciones, y la respectiva licencia de uso de suelo.
Asimismo, el permiso de ejecución de obras en la vía pública (tendido en postes y canalizaciones subterráneas de cables de telecomunicaciones) y el pago de derechos correspondiente configuran barreras a la competencia y libre concurrencia de tipo normativo, detalló.
Expuso que la ambigüedad, confusión y contradicción del texto normativo contenido en dichas disposiciones jurídicas estatales, se traduce en la existencia de regulaciones distintas entre municipios respecto de las actividades de despliegue de infraestructura pasiva de telecomunicaciones.
Esto, puntualizó, genera efectos anticompetitivos, toda vez que se restringe la entrada y expansión de los oferentes del servicio de acceso a Internet de banda ancha fija en los mercados relevantes del estado de México.
Mientras que en Guanajuato, la AI identificó que diversas disposiciones jurídicas contenidas en el Código Territorial estatal y los municipios de la entidad, que aplican para la obtención del permiso de construcción y/o instalación de antenas, permiso de ocupación o modificación de la vía pública y el registro de perito de obra, configuran barreras a la competencia y libre concurrencia de tipo normativo.
Indicó que el Código Territorial estatal no especifica los requisitos necesarios para la realización de dichos trámites, lo cual se traduce en la existencia de regulaciones distintas entre municipios, y eleva los costos y restricciones que enfrentan los interesados en desplegar infraestructura de telecomunicaciones en dos o más municipios del estado de Guanajuato.
Para eliminar estas barreras normativas, la Autoridad Investigadora envió, para el caso del Estado de México, las recomendaciones al titular del Ejecutivo estatal, al Poder Legislativo, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano y la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano y Metropolitano del Estado.
Mientras que para el caso de Guanajuato, se dirigen al titular del Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Sistema Estatal de Mejora Regulatoria.
Expresó que las medidas correctivas propuestas se emiten con el objeto de que, en el ámbito de sus respectivas competencias, las autoridades públicas reformen diversas disposiciones jurídicas y realicen acciones en materia de mejora regulatoria tendientes a eliminar la heterogeneidad del marco normativo para facilitar el despliegue de infraestructura pasiva de telecomunicaciones
Así como para fomentar la competencia y libre concurrencia en los mercados relevantes del servicio de acceso a Internet de banda ancha fija, ubicados en los estado de México y Guanajuato.
Fuente: Notimex
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